Hemos obtenido una medida judicial en un juicio iniciado contra el INSSJP (PAMI) para que de manera inmediata se ordene en un 100% la cobertura de las drogas Pembrolizumab 100 mg F/A por dos cajas cada 21 días, y Lenvatinib (Lenvima)10 mg por 30 cápsulas, por una caja, y de 4 mg por 30 cápsulas de dos cajas, conforme prescripciones de la médica tratante y que el INSSJP las denegaba.La médica tratante le prescribe a la paciente, pues, la tecnología sanitaria más novedosa y efectiva que la ciencia ha creado para darle a los pacientes la mejor calidad de vida posible.El Sr. Juez ha hecho lugar a nuestro pedido y ha ordenado a la Obra Social (PAMI) la cobertura al 100% de las prestaciones que la afiliada requiere por su diagnóstico de carcinoma endometrial con progresado hepático y peritoneal.El Sr. Juez dentro de sus considerandos dijo:
"No debe olvidarse que la finalidad de las medidas cautelares como la solicitada en los presentes radica en hacer efectivos los derechos sustanciales cuya protección se requiere, por lo que no puede soslayarse la gravedad del cuadro de salud que presenta el actor ni los daños irreparables que se producirían de mantenerse la situación de hecho existente hasta el dictado de la sentencia. Se ha sostenido que cuando está en juego la vida y la salud de la persona, no hay justificación suficiente para dilaciones, salvo que se acreditare científicamente o técnicamente su inconveniencia, lo que no consta documentadamente haya acontecido en el caso en estudio.
Priorizando entonces la relación personal del médico tratante con el paciente, y las constancias de la causa, corresponde hacer lugar a la línea propuesta por el mismo y otorgar el tratamiento solicitado..."El expediente se encuentra aún en la Cámara de Apelaciones de Rosario.JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO
Expte. n° 20832/2022
Estudio Jurídico Regis & Sbrizzi
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